Ley 7/1999 · Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
Ley 7/1999 Art. 39
Sección 4
Artículo 39. Consejos sectoriales.
También podrán crearse por el Pleno órganos colegiados de participación sectorial en relación con los ámbitos de actuación pública municipal, con la finalidad de facilitar y fomentar la participación de las asociaciones y colectivos interesados.