Real Decreto 1525/1999 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. Régimen jurídico.
Los actos de la Entidad se rigen por el derecho privado, excepto en la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de las potestades administrativas que le pudieran ser atribuidas y en los aspectos específicamente regulados para las entidades públicas empresariales en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, legislación presupuestaria y administrativa en vigor, resto de normas de derecho administrativo general y especial que le sean de aplicación, y por el presente Estatuto.
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