Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 14/1998 · Ley 14/1998, de 30 de diciembre, de los Transportes Urbanos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Ley 14/1998 Art. 39

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 39. Facultades de la inspección.

1. Los titulares de empresas que realicen transportes urbanos están obligados a facilitar al personal de la inspección, en el ejercicio de sus funciones, el acceso a vehículos e instalaciones para su reconocimiento, así como el examen de documentos, libros de contabilidad y datos estadísticos que estén obligados a llevar. Esta exigencia sólo podrá ser realizada en la medida necesaria para verificar el cumplimiento de la legislación de transportes.

2. A los efectos previstos en el apartado anterior, los servicios de inspección podrán recabar la documentación precisa en las propias empresas o requerir su presentación en las oficinas públicas correspondientes.

3. El incumplimiento por las empresas de las obligaciones establecidas en este artículo se considerará como negativa u obstrucción a la actuación inspectora.