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Ley 2/2000 · Ley 2/2000, de 10 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Podólogos de Castilla y León.

Ley 2/2000 Art. 5

In KraftAmtlicher Text

Artículo 5. Relaciones con la Administración.

En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio de Podólogos de la Comunidad de Castilla y León se relacionará con la Consejería de Presidencia y Administración Territorial o con aquélla a la que se atribuyan estas funciones en materia de Colegios Profesionales. En los aspectos relativos a la profesión, el Colegio se relacionará con la Consejería de Sanidad y Bienestar Social o con aquélla a la que se atribuya competencia en la materia.