Real Decreto 686/2000 Art. 14
CAPÍTULO III
Artículo 14. Plazo de la propuesta de solución.
En el plazo máximo de un mes, prorrogable por igual período, a partir de la notificación del conflicto por alguna de las partes, la comisión de seguimiento deberá proponer una solución que se someterá a la consideración de éstas para su aceptación.