Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 2/2000 · Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte.

Ley 2/2000 Art. 83

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 83. Multas.

1. Sólo se podrá imponer la sanción de multa a deportistas, técnicos, entrenadores, jueces o árbitros cuando perciban remuneración, precio o retribución por la actividad deportiva.

2. La multa podrá tener carácter accesorio a cualquier otra sanción.

3. Las normas disciplinarias deberán prever la sanción sustitutoria para el supuesto de impago de la multa.