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Real Decreto 29/2000 · Real Decreto 29/2000, de 14 de enero, sobre nuevas formas de gestión del Instituto Nacional de la Salud.

Real Decreto 29/2000 Art. 33

Sección 8

In KraftAmtlicher Text

Artículo 33. Opiniones y sugerencias de los ciudadanos.

1. Cuando los ciudadanos planteen opiniones o sugerencias y éstas se estimen fundadas, se adoptarán las medidas necesarias para atenderlas dentro de las posibilidades y competencias del centro sanitario. En otro caso, éstas se someterán a la consideración del órgano correspondiente, junto con un sucinto informe acerca del alcance y conveniencia de atender aquéllas.

2. Por la unidades de garantías a los ciudadanos se efectuarán evaluaciones cuantificables de la opinión de los usuarios en relación con el servicio recibido, elaborando los informes correspondientes.