Real Decreto Legislativo 5/2000 Art. 33
SECCIÓN 1
Artículo 33. Concepto.
Son infracciones en materia de movimientos migratorios laborales las acciones u omisiones de los sujetos a quienes se refiere el artículo 2.4 tipificadas y sancionadas de conformidad con la presente Ley.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2006-12-16