Real Decreto Legislativo 5/2000 Art. 36
SECCIÓN 1
Artículo 36. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
1. El establecimiento de cualquier tipo de agencias de reclutamiento.
2. La simulación o engaño en la contratación de los trabajadores que se desplazan al exterior.
3. El abandono de trabajadores desplazados por parte del empresario contratante o de sus representantes autorizados.
4. El cobro a los trabajadores de comisión o precio por su contratación.
5. La obtención fraudulenta de ayudas a los movimientos migratorios, ya sean individuales o de reagrupación familiar, o la no aplicación o aplicación indebida de dichas ayudas.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2006-12-16