Ley 2/2000 · Ley 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro.
Ley 2/2000 Art. 18
Sección 1
Artículo 18. Naturaleza.
1. La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno y decisión de las Cajas de Ahorro. Está constituida por las representaciones de los intereses sociales y colectivos del ámbito de actuación de la Caja y, en su caso, por los Cuotapartícipes.
2. Los miembros de la Asamblea General representantes de los intereses sociales y colectivos del ámbito de actuación de la Caja reciben la denominación de Consejeros Generales. Los Consejeros Generales y los Cuotapartícipes gozan de los derechos de asistencia a las sesiones de este órgano, de voto para la adopción de sus acuerdos, y de información sobre los asuntos que a la Asamblea se sometan.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2010-12-25