Ley 2/2000 · Ley 2/2000, de 23 de junio, de Cajas de Ahorro.
Ley 2/2000 Art. 28
Sección 3
Artículo 28. Reelección.
Los Consejeros generales elegidos a través de procesos electorales, sólo podrán ser reelegidos para la respectiva representación a través de nuevos procesos electorales establecidos.