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Ley 13/2000 · Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2001.

Ley 13/2000 Art. 18

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 18. Aplicación de remanentes de tesorería en el Presupuesto del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.

Los remanentes de tesorería, a favor del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, existentes en la Tesorería General de la Seguridad Social a 31 de diciembre de cada año, se destinarán a financiar el Presupuesto de Gastos del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales del primer ejercicio presupuestario que se elabore. Asimismo, podrán ser utilizados para financiar posibles modificaciones en el ejercicio siguiente al que se produzcan.