Ley 1/2000 · Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Ley 1/2000 Art. 236
TÍTULO VI
Artículo 236. Impulso del procedimiento por las partes y caducidad.
La falta de impulso del procedimiento por las partes o interesados no originará la caducidad de la instancia o del recurso.