Ley 3/2000 Art. 53
TÍTULO V
Artículo 53. Tasa por la tramitación y resolución.
1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la tramitación del procedimiento en los aspectos que esta Ley reserva al Estado y su resolución.
2. El devengo de la tasa se producirá en el momento en que se inicie la tramitación por la Administración General del Estado.
3. El importe de la tasa derivada del hecho imponible previsto en el número anterior es de 381,27 €.
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