Resolución de 28 de marzo de 2000 Art. 81
Sección 2
Artículo 81. Ámbito de actuación de las Direcciones Generales.
La Comisión Ejecutiva, a propuesta del Gobernador, determinará las funciones y ámbito de actuación de cada Dirección General, dando cuenta al Consejo de Gobierno. El acuerdo de atribución de funciones vigente en cada momento será objeto de publicación en la página web del Banco de España.
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