Ley 3/2000 Art. 4
CAPÍTULO II
Artículo 4. Estructura básica.
La estructura básica del Servicio estará constituida por los órganos siguientes:
El Consejo General.
El Consejo de Dirección.
El Director o la Directora general.
CAPÍTULO II
Artículo 4. Estructura básica.
La estructura básica del Servicio estará constituida por los órganos siguientes:
El Consejo General.
El Consejo de Dirección.
El Director o la Directora general.