Real Decreto 613/2001 Art. 24
CAPÍTULO III
Artículo 24. Convenios de colaboración con entidades de caución.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá suscribir Convenios con la Sociedad Estatal de Caución Agraria (SAECA) y otras entidades de caución, con el fin de facilitar a los beneficiarios de las ayudas los avales necesarios para su acceso a los préstamos acogidos a los Convenios indicados en el artículo anterior.