Ley 13/2001 · Ley 13/2001, de 2 de julio, de Creación de la Comarca del Alto Gállego.
Ley 13/2001 Art. 23
CAPÍTULO V
Artículo 23. Gerente comarcal.
Si las necesidades funcionales de la comarca lo aconsejan, podrá crearse un puesto de trabajo denominado Gerente, al que corresponderá la gestión técnica y ejecutiva, así como el impulso de los servicios de la misma.