Ley Foral 17/2001 · Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra.
Ley Foral 17/2001 Art. 7
CAPÍTULO II
Artículo 7. Prohibiciones y restricciones al comercio.
1. No podrán ejercer el comercio, además de las personas físicas y jurídicas a quienes les esté específicamente prohibido por la normativa vigente, los empresarios individuales o sociales, a quienes la normativa especial de la actividad que desarrollan les exija dedicarse exclusivamente a la misma.
Änderungsgeschichte
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