Real Decreto 946/2001 Art. 8
ESTATUTO
Artículo 8. La Secretaría General.
1. La persona titular de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ostentará la Secretaría General del Real Patronato. Sus funciones no serán retribuidas, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan.
2. Son atribuciones como órgano de gobierno del Organismo:
a) Mantener informada a la presidencia del Consejo de las actividades del Real Patronato sobre Discapacidad, así como prestar al mismo el asesoramiento y asistencia que sean necesarios.
b) Ostentar la representación ordinaria del organismo autónomo.
c) Aprobar las propuestas de anteproyectos de presupuestos anuales de gastos e ingresos, así como rendir las cuentas del organismo autónomo.
d) Desempeñar cuantas otras funciones se le atribuyan por norma legal o reglamentaria.
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