Ley 9/2001 · Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Ley 9/2001 Art. 207
Sección 1
Artículo 207. Cuantía de las sanciones.
Las infracciones serán sancionadas con las siguientes multas:
a) Infracciones leves: multa de 600 a 30.000 euros.
b) Infracciones graves: multa de 30.001 a 600.000 euros.
c) Infracciones muy graves: multa de 600.001 a 3.000.000 de euros.