Real Decreto 63/2001 Art. 12
Sección 6
Artículo 12. Dirección de la Escuela de la Hacienda Pública.
La Dirección de la Escuela de la Hacienda Pública ejercerá, en apoyo a la persona titular de la Dirección General, la dirección e impulso de las funciones establecidas en los párrafos d) y e) del artículo 3 del presente Estatuto y la parte de formación recogida en el párrafo f) del mismo artículo. Asimismo, se encargará del desarrollo de la formación a distancia, a través del Campus Virtual.
Änderungsgeschichte
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