Ley 3/2001 · Ley 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria.
Ley 3/2001 Art. 29
CAPÍTULO II
Artículo 29. Otras aportaciones económicas.
Los titulares de las Bibliotecas podrán recibir para su financiación aportaciones procedentes de subvenciones, legados, herencias, donativos o de cualquier otro medio a título gratuito.