Ley 3/2001 · Ley 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria.
Ley 3/2001 Art. 6
TÍTULO I
Artículo 6. Principio de colaboración.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria colaborará con las Administraciones Locales, así como con instituciones bibliotecarias del Estado y de otras Comunidades Autónomas en orden al fomento y mejora de la infraestructura bibliotecaria autonómica y de sus fondos.