Ley 15/2001 Art. 1
Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica.
Se crea el Colegio Profesional de Decoradores de Aragón, por segregación del Colegio Nacional de Decoradores, como corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.