Real Decreto 1231/2001 Art. 3
CAPÍTULO I
Artículo 3. Ámbito funcional.
Los Colegios Oficiales de Enfermería ejercerán en su ámbito territorial las funciones atribuidas por la legislación estatal y autonómica sobre la materia, especialmente en lo relativo a la ordenación, en el ámbito de sus competencias, de la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional.