Ley 13/2001 Art. 2
Artículo 2.
El Colegio Profesional de Logopedas de las Illes Balears agrupa a los que están en posesión de la titulación de diplomado en Logopedia de acuerdo al Real Decreto 1419/1991, de 30 de agosto.
Artículo 2.
El Colegio Profesional de Logopedas de las Illes Balears agrupa a los que están en posesión de la titulación de diplomado en Logopedia de acuerdo al Real Decreto 1419/1991, de 30 de agosto.