Ley 5/2001 · Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria.
Ley 5/2001 Art. 9
CAPÍTULO I
Artículo 9. Principio de colaboración.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria colaborará con las Administraciones locales, así como con instituciones museísticas de otras Comunidades Autónomas, museos nacionales o extranjeros y asociaciones culturales en orden al fomento y mejora de la infraestructura museística autonómica y de sus fondos.