Real Decreto 118/2001 Art. 10
Artículo 10. Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales.
La Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales es el órgano colegiado, de carácter interministerial, adscrito a la Subsecretaría de la Presidencia, competente en esta materia.
La Junta actuará en Pleno y en Comisiones Especiales.