Ley Foral 11/2000 · Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal.
Ley Foral 11/2000 Art. 47
CAPÍTULO VII
Artículo 47. Competencias.
Corresponde al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación la realización de las inspecciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo previsto en esta Ley Foral.