Ley Foral 13/2000 · Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.
Ley Foral 13/2000 Art. 14
CAPÍTULO II
Artículo 14. Entrada en vigor.
1. Las normas tributarias de la Comunidad Foral entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el Boletín Oficial de Navarra, si en ellas no se dispone otra cosa.
2. Las normas que regulen el régimen de infracciones y sanciones tributarias, así como el de los recargos, tendrán efectos retroactivos cuando su aplicación resulte más favorable para el afectado.