Ley 8/2000 · Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha.
Ley 8/2000 Art. 34
Sección 4
Artículo 34. Definición.
Constituyen infracciones sanitarias las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ley, en otras disposiciones de la Comunidad Autónoma y en las normas del Estado que resultan de aplicación.