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Real Decreto 140/2001 · Real Decreto 140/2001, de 16 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Real Decreto 140/2001 Art. 33

Sección 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 33. Sesiones.

1. La Asamblea Territorial se reunirá, con carácter ordinario, previa convocatoria del Decano, en el primer trimestre de cada año natural, para aprobar, en su caso, el presupuesto, su liquidación y la renovación de cargos de la Junta de Gobierno, si procede.

2. Con carácter extraordinario se reunirá, previa convocatoria del Decano, en virtud de acuerdo de la Junta de Gobierno o a petición de un número no inferior al 10 por 100 de los colegiados de la zona respectiva.

3. No podrá adoptarse acuerdo alguno que no figure en el orden del día.

4. La convocatoria deberá notificarse, al menos, con quince días de antelación.

5. La Asamblea Territorial quedará válidamente constituida con el quórum señalado para la Asamblea General.

6. El acta se remitirá al Consejo para su conocimiento.