Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 3/2001 · Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

Ley 3/2001 Art. 61

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 61. Adaptación de la flota a la situación de las pesquerías.

Con el fin de adaptar la flota a la situación de los recursos, y propiciar la recuperación y mejor aprovechamiento de los mismos, el Gobierno y las Comunidades Autónomas, en el marco de sus respectivas competencias, previa consulta a los agentes sociales, podrán incentivar las siguientes medidas:

a) La paralización temporal o definitiva de determinados buques pesqueros.

b) La formación de empresas mixtas.