Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Convenio entre el Reino de España y el Estado de Israel para · Convenio entre el Reino de España y el Estado de Israel para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Jerusalén el 30 de noviembre de 1999.

Convenio entre el Reino de España y el Estado de Israel para Art. 20

In KraftAmtlicher Text

Artículo 20. Estudiantes.

Un estudiante o aprendiz que sea o haya sido inmediatamente antes de su llegada a un Estado contratante residente del otro Estado contratante y que se encuentre en el Estado mencionado en primer lugar a los solos fines de su formación o prácticas estará exento de imposición en ese Estado contratante en relación con:

a) Los pagos que reciba del extranjero para su manutención, estudios o prácticas;

b) las becas, ayudas, asignaciones y premios de Organizaciones gubernamentales, científicas, literarias o de enseñanza, para su manutención, estudios o prácticas.