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Real Decreto 375/2001 · Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud "Carlos III".

Real Decreto 375/2001 Art. 11

SECCIÓN 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 11. Funciones.

Al Director le corresponden las siguientes funciones:

1. Ostentar la representación del Organismo.

2. Programar, dirigir y coordinar las actividades del Instituto que sean necesarias para el desarrollo de sus funciones.

3. Ejercer la dirección del Organismo y de su personal, en los términos previstos en las disposiciones vigentes.

4. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de gastos e ingresos, así como la rendición de cuentas del Organismo.

5. Aprobar los gastos y ordenar los pagos, así como proponer las modificaciones presupuestarias que sean pertinentes.

6. La coordinación de las relaciones internacionales y de los programas y proyectos que se lleven a cabo con centros de otros países, en coordinación con el Departamento y sin perjuicio de las atribuciones que tiene asignadas el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

7. Elaborar las memorias anuales de actividades.

8. Celebrar toda clase de actos, convenios, acuerdos, contratos y encomiendas de gestión en nombre del Organismo.

9. Proponer al Ministro, de acuerdo con la legislación vigente, la concesión de condecoraciones y el reconocimiento como asesores científicos, a título honorífico, a profesionales de reconocido prestigio en el campo de la investigación en ciencias de la salud, dándose cuenta de ello al Consejo Rector.

10. Fomentar la calidad en los procedimientos y actividades del Instituto.

11. Evaluar la actividad de los centros y unidades del Instituto.

12. Desempeñar cuantas otras funciones se le atribuyan por norma legal o reglamentaria.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2009-11-18