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Real Decreto 375/2001 · Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Salud "Carlos III".

Real Decreto 375/2001 Art. 30

CAPÍTULO VII

In KraftAmtlicher Text

Artículo 30. Invenciones y patentes.

Corresponde al Instituto de Salud Carlos III la titularidad de las invenciones realizadas por el personal como consecuencia de sus funciones. El personal tendrá derecho, en todo caso, a participar en los beneficios que obtenga el Instituto de Salud Carlos III de la explotación o de la cesión de sus derechos sobre las invenciones, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente y en el Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.

Änderungsgeschichte
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