Ley Foral 5/2001 · Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo, de Cooperación al Desarrollo.
Ley Foral 5/2001 Art. 23
CAPÍTULO VI
Artículo 23. Disposiciones generales.
El cumplimiento de los fines y la gestión de los programas de cooperación al desarrollo podrán realizarse con personal al servicio de las Administraciones Públicas o al de cualquiera de las entidades privadas que actúan en el ámbito de la cooperación navarra al desarrollo.