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Ley 1/2002 · Ley 1/2002, de 20 de marzo, de Adecuación de los Procedimientos de la Administración Regional de Murcia a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ley 1/2002 Art. 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 3. Procedimientos de ayudas, pensiones y subvenciones públicas.

1. En los procedimientos para la concesión de ayudas, pensiones y subvenciones públicas, con cargo a créditos de la Comunidad Autónoma, incluidas las prestaciones y servicios del sistema de la dependencia en la región de Murcia, el plazo máximo para notificar la resolución expresa, cuando las normas reguladoras no fijen otro menor, será de seis meses. Transcurrido el plazo máximo para resolver y notificar, el sentido del silencio será desestimatorio.

2. En estos procedimientos, el inicio del cómputo del plazo será, para los procedimientos iniciados de oficio el de la fecha de publicación de la orden de convocatoria, salvo que en la misma convocatoria o en norma europea o estatal se establezca otro distinto.

3. En los procedimientos a instancia de parte, el plazo comenzará a computarse el día de presentación de la solicitud, ante el órgano competente para su tramitación.

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