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Ley 21/2001 · Ley 21/2001, de 21 de diciembre, de Creación de la Comarca de la Ribera Alta del Ebro.

Ley 21/2001 Art. 17

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 17. Comisión de Gobierno.

La Comisión de Gobierno estará integrada por el Presidente y un número de consejeros no superior a un tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél dando cuenta al Consejo. En todo caso, los Vicepresidentes formarán parte del tercio referido. Corresponderá a dicha Comisión la asistencia al Presidente así como aquellas atribuciones que determine el Reglamento orgánico comarcal o le deleguen el Consejo y el Presidente, ajustando su funcionamiento a las normas relativas a la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento contenidas en la legislación de régimen local.