Ley 18/2001 · Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de Orientación Agraria.
Ley 18/2001 Art. 12
Sección 3
Artículo 12. Líneas de actuación.
Con la finalidad de lograr los objetivos establecidos por el artículo 11, las líneas de actuación fundamentales de la política forestal son los siguientes:
a) Considerar cada finca forestal, que deviene la unidad de gestión forestal.
b) Fomentar la planificación y la gestión forestal, tanto en las fincas de titularidad pública como en las de titularidad privada.