Ley 10/2001 · Ley 10/2001, de 28 de diciembre, de Creación del Servicio Cántabro de Salud.
Ley 10/2001 Art. 27
TÍTULO VII
Artículo 27. Responsabilidad patrimonial.
1. En materia de responsabilidad patrimonial regirán las normas contenidas en la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Los procedimientos de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento del Servicio Cántabro de Sºalud serán resueltos por el Director Gerente del Organismo hasta el límite establecido en la legislación vigente y por el Gobierno de Cantabria en los demás casos.