Ley 13/2002 · Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.
Ley 13/2002 Art. 33
CAPÍTULO II
Artículo 33. Concepto.
1. Son empresas turísticas las que se dedican profesionalmente a la prestación de servicios turísticos retribuidos de alojamiento o mediación.
2. Las empresas turísticas tienen que cumplir las condiciones fijadas por la presente ley y por la normativa que la desarrolle para la prestación de servicios turísticos.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2011-12-31