Ley 10/2002 · Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha.
Ley 10/2002 Art. 6
CAPÍTULO I
Artículo 6. Cooperación con las restantes Administraciones públicas.
Los órganos estadísticos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha procurarán la cooperación con las restantes Administraciones públicas y podrán utilizar las fórmulas más idóneas de acuerdos, convenios de colaboración u otras, para aprovechar la información disponible y evitar la duplicación innecesaria de operaciones de recogida y elaboración de datos.