Real Decreto 708/2002 Art. 9
CAPÍTULO III
Artículo 9. Régimen de incompatibilidades.
1. A efectos de la percepción de las primas reguladas en el Real Decreto 4/2001 y en el presente Real Decreto, serán incompatibles sobre una misma superficie las medidas agroambientales que se relacionan en el anexo III.
2. Las Comunidades Autónomas podrán ampliar la relación de medidas agroambien-tales incompatibles, cuando así lo aconsejen razones agronómicas o agroambientales o se pretenda evitar una duplicidad de primas por actuaciones análogas.