Ley 2/2002 · Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
Ley 2/2002 Art. 8
TÍTULO I
Artículo 8. Cambio de titularidad.
Cualquier cambio de titularidad o competencia que afecte a un plan, programa, proyecto o actividad sometido a los procedimientos ambientales contenidos en esta Ley, deberá comunicarse al órgano ambiental en un plazo máximo de veinte días, a contar desde la fecha de efectividad de la transmisión.