Real Decreto 837/2002 Art. 1
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
El presente Real Decreto tiene por objeto garantizar que se proporcione a los consumidores información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento financiero en territorio español, para que los consumidores puedan elegir con fundamento.