Real Decreto 837/2002 Art. 9
Artículo 9. Autoridades competentes.
El Ministerio de Sanidad y Consumo notificará a la Comisión cuáles son las autoridades competentes de las distintas Comunidades Autónomas, previa consulta a éstas, que resulten responsables de la aplicación y funcionamiento del sistema de información al consumidor que se establece en este Real Decreto.