Ley 22/2002 · Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores.
Ley 22/2002 Art. 25
Sección 1
Artículo 25. Naturaleza.
Las federaciones de cofradías de pescadores tienen personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus finalidades, y disponen de total autonomía en la gestión de sus recursos. Sus actos se someten al derecho privado, salvo aquellos que impliquen el ejercicio de funciones públicas o administrativas, que se sujetan al derecho administrativo.