Ley 22/2002 · Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores.
Ley 22/2002 Art. 43
CAPÍTULO VII
Artículo 43. Lonjas.
En los procesos que se convoquen para la gestión y el uso de las lonjas pesqueras, se considera como mérito el que los licitadores sean cofradías de pescadores.